domingo, 21 de febrero de 2016

El hospital Sancti Spiritus de Borja a mediados del siglo XIX


            La existencia de un reglamento del hospital Sancti Spiritus de Borja, editado en 1850 (aunque en la portada figura el año 1849) en la imprenta zaragozana de Roque Gallifa, era bien conocido pues existen bastantes ejemplares en nuestra ciudad ya que, del mismo, se hicieron al menos dos reimpresiones. Sin embargo, no habíamos estudiado las circunstancias que dieron lugar a su redacción. Ahora, nos hemos percatado de que se trataba de una importante reforma acometida en dicho centro asistencial por D. José San Gil y Heredia, miembro de esta destacada familia borjana, el cual había sido nombrado Director el 17 de abril de 1849.
            En aquellos momentos, el hospital se encontraba ubicado en el edificio que ahora ocupa el Museo de la Colegiata y dependía del Ayuntamiento que ejercía “su derecho inmemorial de Patronato”. No había sido creada todavía la Fundación que, en la actualidad lo rige, surgida tras la revolución de 1868, cuando la Junta Revolucionaria se apropió del antiguo convento de capuchinos y del Santuario de Misericordia.
            D. José San Gil intentó resolver los problemas crónicos que afectaban al establecimiento, redactando este reglamento que fue aprobado el 2 de agosto de 1849 por D. José Rafael Guerra, Jefe Superior Político de la provincia, el cual manifestó su agrado por el trabajo realizado.
            A través del citado reglamento, sabemos que el hospital estaba catalogado como un establecimiento de beneficencia destinado a proporcionar a los enfermos indigentes de los recursos necesarios para curarse “o hacer más tolerables sus males”.
            En él eran acogidos únicamente los vecinos pobres, corriendo con los gastos el propio hospital. También eran atendidos los soldados de guarnición en la ciudad. En el caso de los forasteros, sólo se admitía a aquellos que, por su gravedad, podían arriesgar su vida en el caso de continuar su camino.

            El hospital disponía de cuatro salas, dos de hombres en el primer piso y dos de mujeres en el segundo. En ellas había camas numeradas de hierro y tablas, con el equipamiento preciso. También había salas de aislamiento para los enfermos contagiosos y para los presos. 



            Se reguló la alimentación de los ingresados, estableciendo la ración ordinaria, la media dieta, la dieta animal y la vegetal, cuya administración dependía de la prescripción de los facultativos que pasaban visita y que eran los de la ciudad. Había, además un enfermero u hospitalero que, con una sirvienta, era el encargado de la atención directa a los enfermos. Un capellán les atendía espiritualmente, mientras que la administración corría a cargo de un mayordomo. Todos ellos supervisados por el Director nombrado por el Ayuntamiento que ejercía un control directo y eficaz sobre todo lo relacionado con el hospital.
            El centro recibía también a niños expósitos o abandonados, encargándose de buscar nodrizas que los alimentaran, antes de enviarlos a un establecimiento adecuado o darlos en adopción. Los gastos de entierro de los fallecidos sin familia o recursos, corrían a cargo del hospital que, por otra parte, podía facilitar socorros o limosnas exteriores e incluso auxilios para tomar “baños minerales”. 




            Junto con el reglamento, se mandaron editar también una serie de impresos que aquí reproducimos. Uno de ellos era el relacionado con las raciones alimenticias, en el que destaca el chocolate que se daba al capellán o las naranjas y limones incluidos en la ración, dato significativo en la época.
            El vinagre se usaba para la limpieza y también estaba prevista una dotación de emplastos y sanguijuelas como remedios terapéuticos.
            Otro de los impresos era el que servía para controlar las cantidades que se entregaban al mayordomo. Todo ello, dentro de un sistema eficaz que demostraba el cuidado puesto por el nuevo director en la organización del centro.

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