viernes, 7 de agosto de 2020

La bula de la cofradía de San Pedro de Ainzón


         Ayer, al comentar la adquisición del Libro de la Cofradía de San Pedro de Ainzón, hicimos referencia a la bula de agregación de la citada cofradía a la archicofradía de Nuestra Señora del Pianto de Roma, que conservamos en nuestro archivo.

         Se trata de un bello pergamino de grandes dimensiones (74 x 54 cm.), redactado en latín y ricamente decorado que lo convierte en un documento de especial importancia.



       Está rodeado de una greca con motivos vegetales y, en el centro de su parte superior, aparece  una imagen sedente de la Virgen, con el Niño sentado en sus rodillas, aludiendo a la archicofradía a la que agregaba, de la que ofreceremos más información en un próximo artículo.



         En el lado izquierdo se encuentran las armas del Papa Alejandro VII (1599-1667), que había accedido al Pontificado el 7 de abril de 1655, tras un polémico cónclave en el que, inicialmente, había sido elegido el cardenal Giulio Cesare Sacchetti, pero el rey de España hizo uso de su derecho de veto y fue preciso proceder a una nueva votación. En su escudo aparecen en dos de sus cuarteles las montañas surmontadas de una estrella, razón por la cual en las profecías de San Malaquías se hace alusión a este papa como Montium custos (Guardián de los montes).



         Al otro lado se encuentran las armas del rey Felipe IV con la singularidad de que, en lugar de la corona real cerrada que es habitual, aparecen timbradas con tres yelmos con corona real abierta que pueden hacer alusión a su condición de rey de España, de Nápoles y Sicilia, y de Cerdeña.


         Quien expide la bula, en nombre del Papa, es el cardenal Antonio Barberini (1607-1671) que, en esos momentos, era Cardenal Protector de la Archicofradía de Nuestra Señora del Pianto.


         Era sobrino del Papa Urbano VIII que lo nombró cardenal nepote cuando sólo contaba 20 años de edad (esta fotografía corresponde a un retrato realizado poco después). Designado Prefecto de la Signatura Apostólica, en 1633 marchó a Francia como legado, donde estableció una estrecha relación con el todopoderoso cardenal Mazarino que lo utilizó para promover la candidatura del citado cardenal Saccheti al Pontificado, lo que no pudo conseguir ni el cónclave en el que fue elegido Inocencio X ni en el siguiente, debido al veto español. Sus relaciones con Inocencio X fueron muy tensas, teniendo que exiliarse en Roma, pero mejoraron sustancialmente durante el pontificado de Alejandro VII.



         La bula que lleva pendiente un sello de cera en estuche metálico sujeto mediante un cordón trenzado con los colores pontificios, está datada el 8 de julio de 1655, aunque llegó a Ainzón al año siguiente.

         En ella se establecen los privilegios concedidos a los 13 miembros de cofradía de San Pedro que eran los siguientes:

         Lucrar indulgencia plenaria el día en que fueran admitidos en la cofradía, confesados y comulgados.

         Jubileo plenísimo el domingo anterior a San Antonio Abad, rogando por la paz y concordia de los príncipes cristiano y la extirpación de las herejías.

         Indulgencia plenaria y remisión de todos sus pecados en la hora de la muerte, invocando el Dulcísimo Nombre de Jesús, con la boca o con el pensamiento.

         Jubileo plenísimo cuando los cofrades visitaran la iglesia parroquial de Ainzón los días del Nacimiento del Señor, Natividad de Nuestra Señora, Anunciación y de la Asunción, Jueves Santo, Corpus Christi y San Pedro y San Pablo, confesando y comulgando.

         100 días de indulgencia y 100 cuarentenas de perdón visitando la iglesia de Ainzón durante los días de Cuaresma o acompañando a los difuntos a su sepultura.

         200 días de indulgencia a quienes visitaren a los enfermos o encarcelados. Cinco años de indulgencia y otros tantos de cuarentenas de perdón, si acompañaran al Santísimo cuando se lleva a los enfermos. 100 días de indulgencia si asistieran a las misas y sufragios que celebrase la cofradía y si no pudiera estar presentes por enfermedad u otros negocios, podían lucrarlos rezando un Padrenuestro y un Avemaría.

Finalmente, otros 100 días de indulgencia cada vez que rogaran por los enfermos y difuntos; dieran limosna a los pobres o posada a los peregrinos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario