La
existencia de un reglamento del hospital Sancti Spiritus de Borja, editado en
1850 (aunque en la portada figura el año 1849) en la imprenta zaragozana de
Roque Gallifa, era bien conocido pues existen bastantes ejemplares en nuestra
ciudad ya que, del mismo, se hicieron al menos dos reimpresiones. Sin embargo,
no habíamos estudiado las circunstancias que dieron lugar a su redacción.
Ahora, nos hemos percatado de que se trataba de una importante reforma
acometida en dicho centro asistencial por D. José San Gil y Heredia, miembro de
esta destacada familia borjana, el cual había sido nombrado Director el 17 de
abril de 1849.
En
aquellos momentos, el hospital se encontraba ubicado en el edificio que ahora
ocupa el Museo de la Colegiata y dependía del Ayuntamiento que ejercía “su
derecho inmemorial de Patronato”. No había sido creada todavía la Fundación
que, en la actualidad lo rige, surgida tras la revolución de 1868, cuando la
Junta Revolucionaria se apropió del antiguo convento de capuchinos y del
Santuario de Misericordia.
D.
José San Gil intentó resolver los problemas crónicos que afectaban al
establecimiento, redactando este reglamento que fue aprobado el 2 de agosto de
1849 por D. José Rafael Guerra, Jefe Superior Político de la provincia, el cual
manifestó su agrado por el trabajo realizado.
A
través del citado reglamento, sabemos que el hospital estaba catalogado como un
establecimiento de beneficencia destinado a proporcionar a los enfermos
indigentes de los recursos necesarios para curarse “o hacer más tolerables sus
males”.
En
él eran acogidos únicamente los vecinos pobres, corriendo con los gastos el
propio hospital. También eran atendidos los soldados de guarnición en la
ciudad. En el caso de los forasteros, sólo se admitía a aquellos que, por su
gravedad, podían arriesgar su vida en el caso de continuar su camino.
El
hospital disponía de cuatro salas, dos de hombres en el primer piso y dos de
mujeres en el segundo. En ellas había camas numeradas de hierro y tablas, con
el equipamiento preciso. También había salas de aislamiento para los enfermos
contagiosos y para los presos.
Se
reguló la alimentación de los ingresados, estableciendo la ración ordinaria, la
media dieta, la dieta animal y la vegetal, cuya administración dependía de la
prescripción de los facultativos que pasaban visita y que eran los de la
ciudad. Había, además un enfermero u hospitalero que, con una sirvienta, era el
encargado de la atención directa a los enfermos. Un capellán les atendía
espiritualmente, mientras que la administración corría a cargo de un mayordomo.
Todos ellos supervisados por el Director nombrado por el Ayuntamiento que
ejercía un control directo y eficaz sobre todo lo relacionado con el hospital.
El
centro recibía también a niños expósitos o abandonados, encargándose de buscar
nodrizas que los alimentaran, antes de enviarlos a un establecimiento adecuado
o darlos en adopción. Los gastos de entierro de los fallecidos sin familia o
recursos, corrían a cargo del hospital que, por otra parte, podía facilitar
socorros o limosnas exteriores e incluso auxilios para tomar “baños minerales”.
Junto
con el reglamento, se mandaron editar también una serie de impresos que aquí
reproducimos. Uno de ellos era el relacionado con las raciones alimenticias, en
el que destaca el chocolate que se daba al capellán o las naranjas y limones
incluidos en la ración, dato significativo en la época.
El
vinagre se usaba para la limpieza y también estaba prevista una dotación de
emplastos y sanguijuelas como remedios terapéuticos.
Otro
de los impresos era el que servía para controlar las cantidades que se
entregaban al mayordomo. Todo ello, dentro de un sistema eficaz que demostraba
el cuidado puesto por el nuevo director en la organización del centro.
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