sábado, 9 de febrero de 2013

Borja y Mallén en la Legislación Militar de España



            D. Jesús Aguilera Viamonte nos ha remitido una copia de las referencias que, sobre Borja y Mallén, aparecen en los trece volúmenes de la obra Legislación Militar de España, antigua y moderna, publicada entre 1853 y 1856.




            El autor de la misma fue el ilustre militar y erudito D. Antonio Vallecillo Luján que llegó a alcanzar el empleo de coronel y trabajó incansablemente en la recopilación de códigos ordenanzas. Junto a sus numerosas obras hay que destacar sus colaboraciones en las revistas militares de la época y la fundación de un semanario que se llamó El Archivo Militar.
            En la obra citada, aparecen dos textos referidos a Mallén y Borja que, aprovechando el envío de D. Jesús Aguilera, nos parece interesante comentar. 



            El de Mallén es el fuero otorgado por Alfonso I a los cristianos mozárabes con los que se pretendió repoblar la localidad que, como todas las de la zona, había sido reconquistada pocos años antes. El monarca aragonés se encontraba, en esos momentos, en Novillas, a cuyo primitivo castillo corresponde la foto que, probablemente, no estaría construido entonces. La razón de incluir el fuero de Mallén en esa colección de legislación militar se debe a que uno de los privilegios otorgados, en el mismo, decía así: “quod non faciatis mihi hostes, nec cabalcatas super christianos, nec vos nec posteritas vestra”, que traducido vendría a ser: “que no tengáis obligación de ir en hueste ni de hacer cabalgada contra cristianos, ni vosotros ni vuestros descendientes”.



            Es una pena que aquella repoblación con cristianos andaluces no llegara a buen término y hubiera que dar nuevo fuero, algunos años después, pues los vecinos de Mallén podrían haberse “librado” del Servicio Militar, acogiéndose al privilegio del Batallador. Claro es que, sólo los destinados a la península, por aquello de “super christianos”.



            El documento que hace referencia a Borja es una carta de Felipe II, entonces príncipe heredero todavía, fechada en Valladolid el 22 de febrero de 1544, dirigida al “Ilustre conde, pariente y Lugarteniente y Capitán General de la Cesárea y Real Majestad del Emperador” en Aragón. El ilustre personaje que reunía esos títulos, en aquellos momentos, era D. Pedro Martínez de Luna, conde de Morata que era el virrey.
            La carta de D. Felipe venía motivada por una reclamación presentada por D. Andrés de Maella, “capellán de Su Majestad y de la Capilla Real que está en el castillo de la ciudad de Borja”, quejoso porque, tras la conversión forzosa de los moriscos, acaecida poco antes, los canónigos de Borja y Tarazona se habían apoderado de las rentas de su capellanía, de tal manera que, según afirmaba, no le quedaba “sino el nombre de capellán de la dicha capilla”.



            La existencia de una capilla en el recinto militar del castillo era conocida, aunque nunca se ha podido identificar el lugar donde estuvo emplazada. De hecho, se han relacionado con la misma los capiteles que se muestran en el Museo Arqueológico, procedentes del Cinto.



            Lo que ocurre es que de este tipo existen bastantes ejemplos en diversos puntos de la ciudad e, incluso, en localidades cercanas como Agón. Por otra parte, en el propio Cinto puede verse una gran columna con un capitel de estas características, embutido en el muro de uno de los edificios.
            La capellanía a la que estamos haciendo referencia terminó siendo integrada en la colegiata cuando su primitiva función había quedado relegada en el olvido.






No hay comentarios:

Publicar un comentario