viernes, 24 de mayo de 2013

Derribado un edificio del siglo XVI en Magallón



              Cuando el 19 de febrero pasado publicamos el tercero de los artículos dedicados al Patrimonio Artístico de Magallón, decíamos lo siguiente:
“Magallón, al igual que ocurrió en Borja, gozó de una gran prosperidad económica durante el siglo XVI y los primeros años del XVII. Un reflejo de esta situación lo constituyen los numerosos ejemplos de edificios levantados en esa época, algunos de los cuales han llegado hasta nuestros días, aunque en muchos casos su estado de conservación dista mucho de ser el adecuado para la importancia de estos testimonios, sobre todo teniendo en cuenta que se han derribado algunos de ellos y otros se encuentran en grave riesgo de desaparecer”.
“Uno de ellos es el situado en la calle de Goya nº 16 que, a pesar de su deterioro, mantiene sus características fundamentales con su arquería superior, de vanos doblados y de reducido tamaño. Aún se advierte el arco de medio punto que albergaba la portada original”.
Lamentablemente, ese edificio ya no existe. Ha sido derribado recientemente, sin que se hayan adoptado medidas para proteger, al menos, su fachada. Justificar esta actuación por el hecho de que se levantará de nuevo “con las mismas características” no deja de ser un sarcasmo. Desgraciadamente, no es el único caso similar en esa localidad que, paulatinamente, ha visto desaparecer o alterar sustancialmente varios de los edificios que formaban parte de su rico patrimonio arquitectónico.



En su momento, había sido incluido en el Inventario del Patrimonio Arquitectónico de Interés Histórico Artístico que elaboró el Ministerio de Cultura en 1979. Pero, desde entonces, los dos únicos monumentos de Magallón  que gozan de protección específica son la iglesia de Santa María de Huerta, declarada Bien de Interés Cultural por Real Decreto de 22 de diciembre de 1982,  y la “torre” a la que el Gobierno de Aragón, por una Orden de 17 de abril de 2006, otorgó la misma declaración, como “zona arqueológica”, aunque no hemos llegado a saber si se refería al torreón islámico situado cerca del casco urbano o a la torre de la iglesia parroquial de San Lorenzo que, a pesar de su importancia como ejemplar representativo de las iglesias de planta de salón, no ha sido objeto de protección específica. Por otra parte, ignoramos si todos estos elementos se contemplan en el planeamiento urbanístico de la localidad. Disponemos del texto refundido de la adaptación de las Normas Subsidiarias a Plan General de Ordenación Urbana, elaborado en 2002 por el arquitecto D. Luis Martínez García, y no hemos encontrado que, en el mismo, se incluya una relación de edificios a proteger.
Todo ello nos obliga a manifestar, una vez más, la necesidad de arbitrar los procedimientos necesarios para evitar el que se sigan produciendo hechos como el que estamos comentando. 

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