En plena campaña electoral han vuelto a resurgir las noticias sobre falsos empadronamientos en varios municipios, encaminados a favorecer determinadas opciones locales. Esos casos, denunciados antes la Junta Electoral Central vienen a poner de manifiesto unas prácticas que preocupan cuando afectan a las votaciones, pero que, en mucho mayor número de casos, obedecen a otras causas.
Todos conocemos el caso de pequeñas
localidades en las que apenas residen vecinos, de forma habitual, pero que cuentan
con un buen número de personas empadronadas. (Las fotografías que ilustran este
artículo han sido seleccionadas en las redes, sin guardar relación con su
contenido).
De acuerdo con la legislación vigente, toda
persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón del
municipio donde reside habitualmente y quien viva en varios municipios, o en
varios domicilios dentro del mismo municipio, deberá inscribirse únicamente en
el que habite durante la mayor parte del año. No puede hacerlo, por lo tanto,
cuando no resida en él, al menos 183 días.
Pero, la realidad es muy diferente. A
Hacienda le preocupa el que un contribuyente declare como residencia habitual
una que no lo es, bien para beneficiarse de las ventajas tributarias de una
determinada comunidad autónoma o para aplicar las deducciones previstas por la adquisición
de una vivienda. Pero lo que a muy pocos preocupa es cuando el falso
empadronamiento obedece a otras razones.
Son muchas veces los propios ayuntamientos
los que propician los falsos empadronamientos para evitar que descienda
drásticamente el número de sus habitantes y, de esa forma, poder seguir manteniendo
determinadas ayudas.
Conocemos casos de personas que residen
en un municipio, beneficiándose de sus servicios, mientras siguen empadronados
en las pequeñas localidades que abandonaron hace tiempo, considerándolo como
una expresión de su “patriotismo” hacia el lugar del que proceden.
Pero, aunque es más complicado, también
hemos conocido casos de doble empadronamiento que, en su momento, fueron
descubiertos al realizar el Censo General de Población, obligando a elegir
entre uno y otro.
Censo y Padrón son cosas diferentes.
Mientras que este último es voluntario y gestionado por los Ayuntamientos, el
Censo General era realizado, cada diez años, a nivel estatal, a través de una
serie de agentes censales, lo que permitía obtener una “radiografía” completa
de la población española, junto con otros muchos datos complementarios. Todos
ellos eran anónimos, sólo a efectos estadísticos, mientras que el padrón no lo
es.
Pero, el último de los grandes censos
se realizó en 2001. En 2011, se varió el sistema, convirtiéndolo en una muestra.
En la actualidad, nada tiene que ver con las series precedentes, lo que
preocupa a los geógrafos. A uno de ellos, le escuchamos decir, en un congreso,
que ya no es posible obtener datos ciertos de la realidad de cada municipio.
Los responsables de los nuevos métodos
se defienden afirmando que, en los ámbitos académicos, hay nostalgia del pasado
y que todo funciona a la perfección, pero en opinión de muchos hay problemas y,
por lo que a nosotros respecta, somos conscientes, por ejemplo, de que, en
nuestra ciudad, hay bastantes personas que no están empadronadas, a pesar de
residir aquí habitualmente.
Algún procedimiento habrá que arbitrar
para evitar perjuicios a las localidades que soportan a “patriotas” procedentes
de municipios que abandonaron, para volver a ellos ocasionalmente o en períodos
vacacionales.
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