viernes, 5 de mayo de 2023

Prohibido dejar perros a la puerta de las tiendas

 

      Es una práctica frecuente que, cuando el propietario de un perro entra en un establecimiento comercial, deja al animal atado a la puerta del mismo o en sus proximidades. Sin embargo, estos días la prensa se ha hecho eco de la prohibición establecida en la nueva Ley de Protección Animal.



         Algo que era considerado normal, hasta el punto de que algunos comercios tenían en su exterior unos dispositivos para facilitar que el perro quedara atado, queda absolutamente prohibido por la nueva ley, cuyo artículo 27, en su apartado (d) prohíbe expresamente: “Mantenerlos atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento”.

 

         El incumplimiento de esta norma se considera una infracción leve, que son sancionadas con multas que podrán oscilar entre 500 y 10.000 euros. En el caso concreto que nos ocupa no sabemos cuáles serán los criterios establecidos para graduar el importe de la multa.

         La ley, que lleva fecha de 28 de marzo de 2023, fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de marzo.  De acuerdo con la disposición final novena, entrará en vigor a los seis meses de su publicación, por lo que, a partir del 28 de septiembre de este año, el dejar atados a los perros cuando se entra a comprar cualquier cosa, puede llegar a ocasionar una multa de 10.000 euros, aunque es de esperar que en la primera ocasión la sanción se limite a los 500 euros del límite inferior, que no deja de ser una cantidad importante.



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